Quiero agradecer al cuerpo legislativo del HCD La Punta por su apoyo y compromiso con la ordenanza sobre el Lenguaje de Señas.
Esta iniciativa es un paso importante hacia la inclusión y accesibilidad para todos/as.
Cada paso que damos hacia la comprensión y aceptación de la diversidad lingüística nos acerca a una sociedad más unida y accesible para todos/as.
El articulado de la Ordenanza reza lo siguiente:
“ARTÍCULO 1º: Dispóngase la capacitación en la Lengua de Señas Argentina (LSA) de todo el personal que cumpla tareas en mesa de entradas y en todas aquellas oficinas de atención al público del Departamento Ejecutivo, el Juzgado de Faltas Municipal y el Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 2º: Invítese al resto de los empleados y funcionarios municipales a capacitarse en la Lengua de Señas Argentina.-
ARTÍCULO 3º: Colóquense carteles visibles donde se preste dicho servicio que expresen claramente: que en este lugar se cuenta con “Intérpretes de Lengua de Señas Argentina-Español” a disposición de quien lo requiera.-
ARTÍCULO 4º: Créase el Registro de agentes municipales que, voluntariamente, estén dispuestos a recibir la capacitación pertinente para prestar dicho servicio. Dicho Registro estará a cargo del área de Recursos Humanos del Municipio u/o aquel que en el futuro lo reemplace.-
ARTÍCULO 5º: Invítese a las Reparticiones Nacionales y/o Provinciales con sede en nuestra ciudad, comercios en general, instituciones intermedias, clubes, a adherir a la presente ordenanza mediante la capacitación y la exhibición de los carteles y/o folletería con las señas más comunes de la LSA.-
ARTÍCULO 6º: Se dispondrán de ciento ochenta (180) días corridos para la implementación de las medidas dispuestas en esta Ordenanza desde su promulgación.-
ARTÍCULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá programar, planificar y prever los medios necesarios para llevar a cabo las capacitaciones en LSA a las personas que se desempeñen en el ámbito público atendiendo al artículo Nº 1 de la presente ordenanza.-“